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AFEHC : transcripciones : Carta de Fr. Ramón, arzobispo de Guatemala al cura diputado a Cortes José Cleto Montiel. : Carta de Fr. Ramón, arzobispo de Guatemala al cura diputado a Cortes José Cleto Montiel.

Ficha n° 4029

Creada: 15 agosto 2015
Editada: 15 agosto 2015
Modificada: 07 septiembre 2015

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Autor de la ficha:

Aaron POLLACK

Editor de la ficha:

Christophe BELAUBRE

Publicado en:

ISSN 1954-3891

Carta de Fr. Ramón, arzobispo de Guatemala al cura diputado a Cortes José Cleto Montiel.

En julio de 1813, el reino de Guatemala se encontraba en un momento de crisis – tal vez el momento más crítico del periodo gaditano. Apenas tres meses antes, en abril, las fuerzas reales de la capitanía general, entre ellas milicianos de Quetzaltenango y del Barrio de San Marcos, habían sufrido una derrota vergonzosa ante las tropas del general insurgente Morelos cerca de Tehuantepec, en la frontera entre la capitanía general de Guatemala y el virreinato novohispano. Aunque las tropas insurgentes se detuvieron poco después de cruzar la frontera chiapaneca, su victoria provocó dos acciones importantes que también revelan la incertidumbre que se respiraba en esta época. Por un lado Manuel Beltranena, el síndico del ayuntamiento de la ciudad de Guatemala, propuso la formación de una junta gubernativa para el reino, lo que, como acertadamente indicó Ramón Salazar hace más de un siglo, “era casi la revolución”. Por otro, varios de los líderes salvadoreños que habían participado en el levantamiento de 1811 elaboraron una carta dirigida al General Morelos en la que indicaron adherirse a su causa y compartir sus ideas. Todo lo anterior ocurrió en el contexto de los levantamientos y protestas del periodo gaditano que conmocionaron muchas de las ciudades principales del reino y un gran número de pueblos en las intendencias de San Salvador y León y en el altiplano guatemalteco. Fue este el momento político en el que el arzobispo, Ramón Casaus y Torres envió la carta adjunta al vicario provincial José Cleto Montiel, párroco de Momostenango – pueblo de indios en el partido de Totonicapán– y diputado electo para las cortes gaditanas.
Palabras claves :
Impuesto, Ración, Servicios, Arzobispo, Diputado, Población indígena
Autor:
Ramón Casaus y Torres
Ubicación:
Archivo Parroquial de Momostenango (Guatemala)
Fecha:
1813-07-20
Texto íntegral:

1Apenas tres meses después de la elaboración de esta carta, entre octubre y diciembre del mismo año, en la ciudad de Guatemala se realizaron las reuniones conocidas como la Conjuración de Belén en las que participaron personajes políticamente significativos de muchas regiones del reino y del ayuntamiento de la ciudad de Guatemala. Esta conjuración significó el rompimiento definitivo entre el jefe político José Bustamante y Guerra y el ayuntamiento de la ciudad de Guatemala.

2La referencia que proporciona el arzobispo a “[l]os malos resortes que podría tener qualesquiera novedad en las actuales circunstancias”, no exageraba en absoluta la inestabilidad de la capitanía general de Guatemala en estos meses. Y es de subrayarse que fue en este contexto general que llegó el aviso que las cortes generales y extraordinarias, en su afán por promover la libertad y la producción agrícola, habían eliminado los servicios personales, entre ellos los que los pueblos de indios habían sido obligados a entregar, conjuntamente con las raciones, a sus párrocos. El cambio no solo implicó la eliminación de estas obvenciones eclesiásticas sino también que los indios pagasen los mismos derechos parroquiales que correspondían a los ladinos y españoles – un aumento notable para los indios que deseaban recibir los sacramentos.

3En San Miguel Totonicapán, cabecera de la alcaldía mayor de Totonicapán, la aplicación de este decreto provocó, o visibilizó, una división al interior del pueblo que situaba a las autoridades del cabildo indio, vinculados con los caciques, los ladinos y los españoles, contra las ‘cinco parcialidades’ del común (una formación política sui generis que funcionaba como contrapeso al cabildo), las cofradías del pueblo y el alcalde mayor, Narciso Mallol. Las tensiones en el pueblo se habían aumentado en este periodo por varias razones, descritas en otro trabajo, que finalmente llevaron a un juicio contra Mallol, abierto en agosto de 1813 por denuncias recibidas a finales de julio, el mismo periodo en que el arzobispo elaboró su carta.

4Mallol se retiró forzosamente del pueblo durante el proceso judicial y posteriormente lideró una invasión cuasi militar de su cabecera con el apoyo de sus seguidores, quienes provenían no solamente de San Miguel Totonicapán, sino de varios de los pueblos en su entorno. Como resultado, Mallol tuvo que dejar su puesto y cabe notar que, según el fiscal de la audiencia, Juan Gualberto González Bravo, las acciones en su contra provenían “…del interés, y de la eficacia con que quiso dar puntual cumplimiento a un decreto de las Cortes [….] a favor de los Yndios en cumplimiento de la legislación municipal que prohíbe el servicio personal a los curas [….] Esto fue según la indicación de los mismos acusadores de Mallol, lo que dio movimiento a la persecución…”. El alcalde mayor había concertado una alianza insólita con el común del pueblo – la misma agrupación que encabezaría la rebelión de 1820 – en oposición no solamente a las autoridades indias y a los ladinos del pueblo, sino también al jefe político Bustamante y, como la carta revela, al arzobispo.

5Las posiciones que tomó Narciso Mallol y Ritas, natural de Valencia, bachiller en Cañones y en Leyes por la Universidad de Alcalá y abogado desde 1800, son notables y ayudan a entender no solo la complejidad política e ideológica del periodo gaditano, sino también las preocupaciones que provocaron la carta del arzobispo y el movimiento que se desató en contra del alcalde mayor. Mallol recibió el nombramiento de alcalde mayor de Totonicapán en agosto de 1810 (había servido a la monarquía en diferentes puestos a partir de 1799), durante el periodo que en gobernaba el consejo de regencia y el siguiente año viajó con su esposa al reino de Guatemala donde, a través de diferentes oficios, hizo patente su identificación con la resistencia a la presencia napoleónica en la península y con las ideas reformistas de la época: contra el “despotismo” que calificaba como “los tiempos de opresion en que ha gemido la España”. Tales sentimientos seguramente no produjeron simpatía en el jefe político Bustamante, y cuando se mezclaban con sus críticas hacia las relaciones de poder que observaba en Los Altos, es probable que hayan motivado el rechazo por parte de los grupos dominantes en la región: “Es decir que esta clase de Españoles, y Ladinos lo que quiere es, esclavizar a los Yndios, y que continuen bajo el pie de humillacion de que los sacan las ultimas soberanas determinaciones de la Nacion reunida en Cortes.” Por sus acciones, Mallol tuvo que retirarse de su puesto, aunque un largo proceso judicial cuestionaba la validez de su renuncia por las presiones intensas que Bustamante le infligió para exigírsela. Al ser nombrado alcalde mayor de Tegucigalpa en 1816, de alguna manera Mallol obtuvo un reconocimiento por el maltrato que había recibido.

6Poco después de los graves acontecimientos de 1813 aquí esbozados, los contemporáneos los describieron en términos de un conflicto entre el párroco y el alcalde mayor, lo que describe una parte de la verdad, aun cuando no solo menosprecia las acciones de los muchos grupos en el pueblo y en el partido que tuvieron roles importantes en estos eventos, sino que también ignora que el problema estalló a raíz de los esfuerzos que emprendieron los reformadores gaditanos por eliminar los servicios personales y, de paso, debilitar a la Iglesia. Las recaídas locales reales y potenciales, descritas muy claramente por el arzobispo en su carta, de estos grandes temas – de peso enorme en las historias americana e europea – son una riqueza que nos demuestra el camino directo, aun cuando retorcido, entre las ideas, las políticas nacidas de ellas y su aplicación.

transcripción de la carta

720 de julio de 1813 de Fr. Ramon Arzobispo a S. Deput.d Cura y Vic.o Proal Don José Cleto Montiel

8De casi todos los Pueblos que han ocurrido suplicandome continuar en la costumbre de poner servicios, y, pagar raciones de sus Pad.es Curas, y haciendome ver lo gastoso que les es pagar los dros. Parroquiales como las demas clases en consideracion de su suma pobreza, los primeros fueron los del Pueblo de San Miguel Totonicapan y sus anexos teniendo presente la suma pobreza en que se hallan no solo los Yndios sino todos los habitantes de este Arzpdo.

9Los malos resortes que podria tener qualesquiera novedad en las actuales circunstancias: lo adicto que son los Indios a sus costumbres: lo imposible que les es verse con doze p.s juntos, y que el objeto del Supremo Congreso en esta providencia, no puede ser otro, que el consultar a su mayor bien.

10Me ha parecido oportuno tomar por ahora la providencia que he dictado atendiendo al beneficio de los Yndios y a que sus padres curas no queden incongruos en el mismo acta, mientras aquellos hacian sus recursos correspondientes al soberano Congreso.

11Pero el Alcalde maior de ese Partido en vez de ponerse de acuerdo con los Parrocos a fin de adoptar en cada Pueblo el medio mas oportuno, para que ni los Padres Curas quedaran indotados, ni los Yndios gravados contra la intencion soberana, ha tomado el partido de obstentar autoridad, increpando a aquellos, y exasperandolos de modo que han tenido por conveniente dejar sus curatos y venir apuntarse en persona manifestando el desasosiego y divisiones de los Yndios y que el Alclade ma.r anda poniendo presos a los Gobernadores que no quieren admitir la gracia de no dar servicio y haver de pagar dros com las demas clases. Yo no puedo obligar a Ministro alguno a que se haga cargo de administraciones tan penosas sin la justa recompensa que les corresponde por sus fatigas, y trabajos.

12En este impuesto el Alcalde Mayor que se ha opuesto a la providencia la tomara si quiere para que esos Pueblos se pongan en estado de contribuir ser del modo que se fuese a la congrua y mantencion de los Eccos. que hayan de administrarlos,º sin que estos tengan que meterse en pleitos en contestasiones odiosas con el, ni altercasiones con los Pueblos, que son agenas enteram.te de su ministerio, y con las q.e lejos de instruir, y a apacentar a sus obejas, serian acaso el motivo de escandalo, y de sembrar disenciones entre ellas. Es quanto puedo decir a V.S. para su gobierno en esa Vicaria, y en contestacion a los que me expone en su oficio de 11 del corriente con que me acompaña el que le paso ese Alcalde Ma.r a quien podra darle a entender lo que le paresca mas oportuno para que guarde en sus contestacion.s la debido moderacion, y que no de lugar a estos, y otros disgustos semejantes.

Fuentes :

Archivo Parroquial de Momostenango