Ficha n° 3444
Creada: 05 junio 2013Editada: 05 junio 2013
Modificada: 29 diciembre 2014
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Autor de la ficha:
Christophe BELAUBREReal decreto sobre matrimonios dando más autoritad a los padres de familia para decidir de casarse hasta la edad de 25 años.
- Palabras claves :
- Matrimonio, Decreto Real, Padres, Familia, Pragmática
- Fecha :
- 1803-04-10
- Temática:
- Historia social
- Cuadro geográfico:
- Centroamérica
- Impacto del acontecimiento:
- Debíl
- Más información:
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En mayo de 1812 los señores Eulogio del Rosal y José María de Lila, vecino de Cádiz, pidieron una aclaración sobre el sentido de la pragmática sanción del 28 de abril de 1803. Se trata seguramente de la misma a pesar de los 18 días de diferencia. El historiador Manuel Benavides Barquero señala que la pragmática determinaba que los hombres menores de 25 años y las mujeres menores de 23 años necesitaban el permiso de sus padres para casarse. Si faltaban los padres, los hombres menores de 24 años y las mujeres menores de 22 años necesitaban el consentimiento de la mamá, si faltaba esta, necesitaban el consentimiento de los abuelos los hombres menores de 23 años y las mujeres menores de 21 años respectivamente, y si si estos no vivieran sería el tutor o juez a los hombres menores de 22 años y a las mujeres de 20 años respectivamente.
En realidad la pragmática perjudicó el derecho de los padres porque varios puntos abrían un portón a muchas oportunidades para que los hijos se casaran sin el permiso de los padres.
- Fuentes :
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Real decreto sobre matrimonios in Biblioteca Nacional de Guatemala, Gazeta de Guatemala, Tomo VII, Núm. 320, fol. 356-357.
P. Manuel Benavides Barquero, El presbítero Florencio Castillo, diputado por Costa Rica en las Cortes de Cádiz, San José, Costa Rica, 2010, pág. 323.
Sesión del 6 de junio de 1812, pág. 3624.