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AFEHC : transcripciones : Cartas del Cabildo de Guatemala I: Parte III (final) : Cartas del Cabildo de Guatemala I: Parte III (final)

Ficha n° 2282

Creada: 28 noviembre 2009
Editada: 28 noviembre 2009
Modificada: 28 noviembre 2009

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Autor de la ficha:

Julian Andrei VELASCO PEDRAZA

Publicado en:

ISSN 1954-3891

Cartas del Cabildo de Guatemala I: Parte III (final)

Lugar que ha de ocupar el Cabildo en los días de fiestas de tabla con la Audiencia
Palabras claves :
Fiestas
Autor:
Don Juan González Calderón, procurador general del cabildo de Guatemala
Ubicación:
Archivo General de Indias. Audiencia Guatemala
Fecha:
16-19/04/1693
Paginas:
4 folios
Texto íntegral:

1La pretensión de la ciudad de Guatemala se reduce a que el Consejo mande se guarde con ella la antigua costumbre y estilo en que dice estaba de acompañar a la Audiencia los días de tabla en que hay obligación de asistir en la iglesia catedral a la celebridad de las fiestas y divinos oficios y en los demás actos públicos a que debe asistir la Audiencia, y que se forme lo que en orden a esto innovó don Juan Miguel de Augurto siendo Presidente, sobre lo cual lo que en conformidad al decreto del Consejo de 21 del presente se me ofrece decir, es que tengo por cierta la relación de la ciudad y consta de los dos testimonios que presenta en orden al estilo que se observa en mi tiempo, llegando a incorporarse la ciudad con la Audiencia al tiempo de salir a la plaza por la puerta principal de las casas reales precediendo la seña que en siendo ahora competente y estando junta la Audiencia hacía un portero de ella a la ciudad, para que saliese de su Cabildo donde aguardaba junta, y a la vuelta hacía el acompañamiento en la misma forma y orden que refiere quedándose a la primera entrada de las casas reales y pasando solamente hasta el pie de la escalera con la Audiencia y Presidente, uno de los alcaldes y dos regidores, y disuelta allí la forma y cuerpo de Audiencia, se volvían a incorporar con los demás de la ciudad para volverse a su Cabildo; pero sin embargo de la formalidad de este antiguo estilo noté algunas veces que o por no estar juntos a tiempo todos los capitulares concurriendo (?) o por no estar tan prevenidos y atentos a la seña que se la hacía de las casas reales habiendo de atravesar en forma y a pie, todo el espacio de la plaza que no es pequeño, hacían con la tardanza que habiendo bajado la Audiencia con el Presidente, estuviese aguardando en el zaguán a que llegase la ciudad, y alguna vez llegaban a incorporarse (09r) en el breve espacio de plaza que hay de las casas reales a la iglesia y si en uno ni en otro había inconveniente para con la ciudad no era para con la Audiencia de toda la autoridad y decencia que conviene tenga y se observe con ella en aquellas partes, como por repetidas órdenes, cédulas y leyes está prevenido y mandado; Y previniéndose a las audiencia por la 5. del título 15. lib. 3. procuren asistir a las fiestas de tabla ahora competentes no causando retardación a los divinos oficios, estando con cuidado de ser puntuales y que no les esperen, deben luego que por medio de un capellán de coro tienen el aviso que es hora, no detenerse (y así lo ejecutan) y para que en todo haya el orden que conviene se podrá advertir a la ciudad por la que toca a este primero reparo esté siempre prevenida y dispuesta para que luego que vea la seña que se le hará de las casas reales de que es hora de salir a la iglesia o a la función a que se debiere asistir, no detenerse ni hacer esperar y que esté siempre a tiempo de recibir y acompañar a la Audiencia desde el principio de la escalera que baja al patio de las casas reales donde se incorpora con ella como lo tiene de costumbre, y se hará la cortesía y urbanidad que se le debe, y de la misma manera la Audiencia gobierne su salida de modo que nunca haga que la ciudad le esté esperando ni la acelere tanto que no le de tiempo que llegue al puesto señalado, guardando de unos a otros la urbanidad y buena correspondencia que conviene y les está encargada con atención a la inferioridad de la ciudad y a la mejor representación de la Audiencia, porque de encontrarse en la plaza, o a la salida de las casas reales, hay el inconveniente de ser en público, y no guardarse el orden jerárquico de superioridad y reverencia conveniente, y hacerse todo de paso sin formalidad y con prisa con menos decencia de una y otra comunidad.
Y porque a la vuelta de cualquiera acto público acompañan (09v) los oidores al Presidente y no se disuelve la formalidad y cuerpo de Audiencia hasta el principio de la escalera del cuarto del Presidente, parece que guardando el mismo orden y dependencia que debe haber de una a otra comunidad, no será repugnante al mejor reglamento de la cortesía, que la ciudad plena con sus maceros suba acompañando al Presidente (que es allí el superior de todos y el de más recomendada y excelente representación) hasta la primera puerta del cuarto que habita el Presidente. El cual diciendo a la ciudad en llegando allí que se quede a ala segunda vez se pare la ciudad, el Presidente entre y haciéndose recíproca cortesía ella se vuelva a su Cabildo sin entrar al cuarto del Presidente ni mezclarse con los demás particulares concurrentes ni con los criados y pajes del Presidente, que es lo que parece pretende excusar la ciudad; con cuya disposición y orden se ocurrirá a la decencia y autoridad que a cada uno de los dos cuerpos o comunidades se debe guardar, se evitará la deformidad de que el cuerpo del Cabildo se divida en dos partes para acompañar al Presidente y Audiencia a la entrada de las casas reales y que llegando los oidores como se dispone en la ley 6. tít 15. lib 3. hasta el principio de la escalera la ciudad no haga ninguna mayor demostración, sino que quiera ser privilegiada no pasando de la primera puerta; y para que todo se cumpla y observe en esta conformidad se darán los despachos necesarios dirigidos a la Audiencia y a la ciudad a cada una respectivamente, o lo que el Consejo fuere servido y tuviere por más conveniente. Madrid 31 de agosto de 1694.

2Don Lope de Sierra Osorio (10r)

3Informe del señor don Lope de Sierra. (10v)

4[A la izquierda] y esto con la deformidad de que el Cuerpo del Cabildo se dividía en dos partes para acompañar al Presidente y Audiencia a la entrada de las Casas Reales Madrid 10 de diciembre de 1694=

5El mío vuelvo a mano de vuestra señoría el expediente de a ciudad de Guatemala con lo que acerca de el se me ofrece informar al Consejo en conformidad a lo acordado en él 21 del presente guarde Dios a vuestra señoría muchos años como deseo. Madrid 31 de agosto de 1694

6Real mandado de vuestra merced su majestad (?)

7Don Lope de Sierra Osorio

8Demás de lo que propone el señor Fiscal sobre que se exhiba al Presidente y Oidores dispongan su salida de forma que no espere la ciudad, ni la aceleren tanto que no den tiempo a que llegue al puesto señalado, (con lo cual se conforma el Consejo) se prevendrá a la ciudad esté muy en cuenta de acudir a la hora señalada para obviar reparos, y desautoridades en concurrencia de públicas funciones, con advertencia de que serán multados, y mortificados los capitulares omisos en observancia de este orden, y en el punto de acompañar a la Audiencia se mandará lo ejecute la ciudad hasta la escalera de palacio donde llegan los oidores dividiéndose para que tomen su lugar y se dé paso al residente, de cuya determinación se participaré a la Audiencia

9Señor don Antonio Ortiz de Otalora exhibido (?) (11r)

10El Fiscal en vista de este informe hecho por el señor don Lope de Sierra sobre la pretensión introducida por la ciudad de Guathemala de que siendo costumbre que en la fiestas de tabla en que sebe acompañar a la Audiencia que para salir la ciudad de su Cabildo el Portero de él desde la puerta de Palacio le hacía la seña de que viniese a Palacio al tiempo que bajaba la Audiencia, y entonces el Cabildo con sus maceros atravesaba la plaza, y a la salida de Palacio se incorporaba con la Audiencia, y acabada la función volvían acompañando a la Audiencia hasta la puerta de Palacio a donde se paraba la ciudad y pasaba asistiendo a la Audiencia, uno de los alcaldes ordinarios con dos regidores hasta el pie de la escalera, y de allí se volvían a donde había quedado la ciudad a incorporarse con ella, y pasaba a su Cabildo les despojó de esta posesión y estilo el Presidente don Juan Miguel de Agurto obligando a la ciudad a que entrase en el Palacio hasta el cuarto donde habitan los Presidente de donde salían acompañando a la Audiencia y volvían en la misma forma; y aunque esta costumbre, y despojo de ella se prueba por los testimonios que la ciudad presenta, y se autoriza por el señor don Lope en su informe la posesión que alegan: toda vía la novedad intentada por (11v) el Presidente don Juan Miguel de Agurto pudo nacer de lo mismo que dice el señor don Lope de haber reparado en algunas ocasiones que o por no estar juntos a tiempo los capitulares, o por no hallarse tan prevenidos y atentos a la seña que se les hacía de Palacio se detenían de calidad, que habiendo bajado la Audiencia con el Presidente, la obligaban a que llegase la ciudad y alguna vez llagaba a incorporarse en el breve espacio que hay de las casa Reales a la Audiencia por cuya causa no puede redargüirse la referida novedad intentada por don Juan Miguel de Agurto por haber dado causa a ella la ciudad, y no ser justo ni decente a la autoridad de la Audiencia y respeto que se le debe tener, hacerla aguardar en el zaguán de Palacio o saliendo de él sin la ciudad que esta se incorporase con ella en la plaza pública y si bien parece también justo se mande guardar la costumbre en que estaba la ciudad por no ser decente que entrando la ciudad en el salón se mezcle con toda la gente que allí concurre, toda vía debe ser con la calidad de que si la ciudad no saliere luego que vea la seña que se le hiciere de Palacio a acompañar a la Audiencia desde el principio de la escalera que baja al patio de las casas Reales haciendo (12r) detener a la Audiencia en el zaguán o incorporarse con ella en la calle; pueda el Presidente y Audiencia multar a los capitulares y obligarles a que guarden la nueva forma dada por el Presidente don Juan Miguel de Agurto, pues no es razón que el Presidente y Audiencia les estén esperando después de haber bajado las escalera de Palacio ni que la ciudad falte al respeto y subordinación que debe tener a la Audiencia, incorporándose con ella después de estar ya el acuerdo en a calle; advirtiendo asimismo al Presidente y oidores gobiernen su salida de modo que nunca hagan que la ciudad les esté esperando ni la aceleren tanto que no le den tiempo para llegar al puesto señalado, y por lo que mira al acompañamiento que el alcalde ordinario y dos regidores hacen a la Audiencia de vuelta de la iglesia respecto según el informe de el señor don Lope no se disuelve la formalidad y cuerpo de Audiencia hasta el principio de la escalera del cuarto del Presidente, se debe mandar que la ciudad plena con sus maceros suba, acompañando al Presidente hasta la primera puerta del cuarto que el Presidente habita, el cual despida allí a la ciudad en la forma que se estila pues no es justo que llegando los oidores, como se dispone en la ley 6ª títº 15. l 3. hasta el principio de la escalera sea la ciudad más privilegiada no pasando de la primera puerta (12v) [Termina aquí, el documento está incompleto]

Fuentes :

AGI, GUATEMALA, 42, N.93, 17 de agosto de 1694.