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AFEHC : transcripciones : Aprendizaje de Francisco mulato libre hijo de padre esclavizado : Aprendizaje de Francisco mulato libre hijo de padre esclavizado

Ficha n° 2246

Creada: 17 septiembre 2009
Editada: 17 septiembre 2009
Modificada: 18 septiembre 2009

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Autor de la ficha:

Paul LOKKEN

Aprendizaje de Francisco mulato libre hijo de padre esclavizado

Francisco de Escobar negro esclavizado pone a su hijo Francisco mulato libre por aprendiz del oficio de zapatero con Diego Hernández maestro del oficio
Palabras claves :
esclavitud
Autor:
Pedro de Caviedes escribano
Ubicación:
Archivo General de Centro América
Fecha:
1618-03-14
Texto íntegral:

1Script.a de aprendiz

2[margen: ffa] Sepan quantos esta carta vieren como yo fran.co de escobar negro esclauo de di.o de arriaça vz.o de esta dhã çiudad como padre y legitimo administrador que soy de francisco mi hijo mulato libre de hedad de doce o treçe años ottorgo que le pongo por aprendiz de çapatero con diego hernandez maestro de el dhõ off.o que esta presente por tiempo de tres años que corren y se quentan desde oy dia de la fecha de esta carta en adelante durante los quales el dhõ di.o hernandez a de tener en su cassa y tienda al dhõ francisco mulato mi hijo enseñandole el dhõ su officio sin encubrirle de el cossa alguna para lo qual a de hacer todas Las diligencias possibles y le a de dar de comer y vestir y cama conforme Su calidad y offiçio que aprende y le a de dar Ropa Lauada y si cayere enfermo curarle a Su costa y los dias que lo estuuiere con las demas fallas y faltas que hiciere en que el dhõ di.o hernandes a de ser creydo por su simple juram.to en que desde luego lo difiero) lo qual a de seruir el dho françisco mi hijo despues de los tres años en el dho offiçio y si se fuere y ausentare de su seruicio y officio antes de cumplirlos dichos tres años a de poder el dho di.o hernandez embiar vna persona a vuscarle y sacarle de dondequiera que estubiere y lo que gastare en vuscarle ( en que assimismo a de ser creydo por Su Simple juramento en que desde luego lo difiero) lo a de seruir y pagar con Su Seruicio y travajo el dhõ mi hijo y si el dhõ di.o hernandez le echare y despidiere de Su cassa antes de auerle enseñado el dhõ offiçio de çapatero lo e de poder poner con otro maestro de el dhõ officio y todo lo que me //costare// el enseñarselo en que he de ser creydo por mi juram.to a de ser obligado a pagarmelo y le hemos de poder executar por ello el dhõ mi hijo y yo y qualquiera de nosotros y assimismo si el [fol.35] dicho di.o hernandez no le sacare official dentro de los dhõs tres años le a de pagar passados los tres años por cada dia que travajare en Su tienda hasta que sea buen official de el dhõ officio lo que otros officiales suelen ganar en el dicho off.o de capat.o y estando presente el dhõ diego hernandez dixo que aceptaba y acepto esta escriptura y concierto y que cumplira todo lo en ella cont.do a el tocante y ambas las dichas p.tes y cada una por lo que le toca obligaron sus personas y bienes muebles y Rayses auidos y por auer y dieron poder cumplido y plena jurisdicion a todos los jueces y just.as de su mag.d para que por todo Rigor de dr.o y via executiua los compelan y appremien al cumplim.to de lo que dhõ es como por sent.a difinitiua de juez competente passada en autoridad de cossa juzgada que por tal le Reciuen y Renunciaron todas las leyes fueros y dr.os de su fabor y defensa con la general que prohibe general Renunçiacion de leyes y los otorgantes que yo el scriu.o doy fee conozco lo firmo de ellos el dhõ di.o hernandez y por el dhõ fran.co de escobar que dixo no Saber lo firmo vn testigo que es fecha la carta en La ciudad de guat.a a catorce dias de el mes de março de mil y seiscientos y diez y ocho años Siendo presentes por testigos a todo lo Sobredicho diego xuarez y jorge briz de flores y al.o de çelis y //Pedro enrriquez// veçinos de esta çiudad va emen.do fra e //los// valga y entre Renglones costare valga mas entre renglones Pedro enrriquez valga
Por t.o Pedro enrriquez di.o ernandes
Dr.os quatro Reales
ante my
P.o de Cauiedes
scriu.o pub.co

Fuentes :

AGCA, A1, leg.580, fols.34v-35