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AFEHC : cronologia : Real cédula sobre capellanías y obras pías. : Real cédula sobre capellanías y obras pías.

Ficha n° 112

Creada: 25 julio 2005
Editada: 25 julio 2005
Modificada: 08 septiembre 2011

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Autor de la ficha:

Christophe BELAUBRE

Real cédula sobre capellanías y obras pías.

El Rey limita la posibilidad por parte del poder diocesano de gozar de los intereses de las capellanías mientras están vacantes o sea sin sacerdote para decir las misas.
Palabras claves :
Capellanía, Vacantes, Rentas, Clero secular
Fecha :
1776-03-18
Temática:
Historia de la Iglesia
Cuadro geográfico:
Centroamérica
Impacto del acontecimiento:
Mediano
Más información:

Así como en los mayorazgos no hay momento de vacante por ministerio de la ley, tampoco le hay en las capellanías por la espresa ó presunta voluntad de los fundadores, por lo que se abstendrán los Obispos y Cabildos, de aplicarse en las vacantes las rentas de las capellanias colativas y laicales, dejándolas á los parientes de los fundadores, ó personas en quienes recayeren ; y se encarga á los Presidentes, Audiencias, Fiscales y Gobernadores, estén á la mira de su cumplimiento.

Fuentes :

Miguel Larreinaga, Prontuario de todas las reales cédulas, cartas acordadas y órdenes comunicadas a la Audiencia del Antiguo Reino de Guatemala desde el año de 1600 hasta 1818 formado por el Sr. Don Miguel Larreinaga, y continuado por lo Sres. Lic.dos D. Felipe Neri y D. Rafael del Barrio con un suplemento que contiene algunos decretos emitidos por las Córtes de España en 1813, 14, 20 y 21, Edicion del Museo Guatemalteco, Guatemala, Imprenta de Luna, Calle de la Providencia, N° 2, 1857, f. 36.