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AFEHC : transcripciones : Carta de libertad de Beatriz mulata : Carta de libertad de Beatriz mulata

Ficha n° 1043

Creada: 11 enero 2005
Editada: 11 enero 2005
Modificada: 11 enero 2005

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Autor de la ficha:

Paul LOKKEN

Carta de libertad de Beatriz mulata

Orosco, don Joseph de
Autor:
Orosco, don Joseph de
Ubicación:
Archivo Nacional de Honduras, caja 1, exp.19, fols.52-52v
Fecha:
1638
Texto íntegral:

1Sepan quantos esta carta de libertad y alforrio vieren como yo ursola de salaya viuda vecina deste pueblo de tegusigalpa y digo que por quanto yo tengo en mi seruiçio vna esclaua mulata criolla de esta tierra muchacha que sera al pressente de ocho a nuebe años llamada veatriz hija legitima de biolante negra mi esclaua y de antonio despinosa mulato libre oficial de carpintero vecino de este d[ic]ho pueblo, y el d[ic]ho antonio despinossa Su padre por la livertad y alforrio de la dicha veatris Su yja me a dado y pagado tresçientos y çinquenta tostones de a q[ua]tro rreales de plata cada vno rrealmente y con efeto en rreales de plata de contado que son en mi poder de que me doy por entregada contenta y pagada a toda mi boluntad Sobre que rrenunçio poder desirlo contio y leyes del entrego y pecunia prueba y paga como en ellas y en cada vna dellas Se contiene y me a pedido otorgue esta escritura de libertad y alforrio en forma en fabor de la dicha beatris y poniendolo en efeto confessando como confieso ser su justo balor la dha cantidad y que si mas bale o baler quede le hago Gracia e donaçion pura perfeta e ynrrebocable … fecho en tegusigalpa a honce de agosto de mill y seisçientos y treinta y ocho años y io el capitan don jossefe de orosco alcalde mayor por su magestad de todas las minas de la proui[nci]a de honduras y uilla de jeres de la chuluteca juez administrador de los rreales açogues y teniente de capp[it]an general que despacho con testigos por no auer Scriu[an]o pu[bli]co ni rreal zertifico que conosco a la otorgante la qual no firmo por que dijo no sauer y a su rruego lo firmo vn testigo e para Su balidaçion ynterpusse mi autoridad y decreto Judiçial quanto puedo y a lugar de d[e]r[ech]o y lo firme con los testigos que fueron, diego de narbaes y cordoua ju[an] de chaves y leon y b[e]r[nar][do] de ochoa.”

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