Ficha n° 2028

Creada: 20 septiembre 2008
Editada: 20 septiembre 2008
Modificada: 25 septiembre 2008

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Autor de la ficha:

Pedro MIRANDA OJEDA

Editor de la ficha:

Ana Lorena CARRILLO PADILLA

Publicado en:

ISSN 1954-3891

Geodemografía inquisitorial : espacio y población en la nomenclatura del Santo Oficio de la Nueva España durante el siglo XVI

El establecimiento del Tribunal del Santo Oficio transfirió a la Nueva España una nueva modalidad jurisdiccional. Estas jurisdicciones se convertirían en espacios que primarían la vigilancia de las prácticas desviadas, según el discurso inquisitorial, con la intención de estrechar una compleja red diseminadas en el territorio colonial. Así, en el último tercio del siglo XVI comenzaría la tarea de introducir las llamadas comisarías como órganos instrumentos eficaces de control social. No obstante hubo circunstancias variopintas que entorpecieron la aplicación efectiva del proyecto.
Autor(es):
Pedro Miranda Ojeda
Fecha:
Septiembre de 2008
Texto íntegral:

1

Introducción

2El establecimiento del Tribunal del Santo Oficio transfirió a la Nueva España una nueva modalidad jurisdiccional. Estas jurisdicciones se convertirían en espacios que primarían la vigilancia de las prácticas desviadas, según el discurso inquisitorial, con la intención de estrechar una compleja red diseminadas en el territorio colonial. Así, en el último tercio del siglo XVI comenzaría la tarea de introducir las llamadas comisarías como órganos instrumentos eficaces de control social. No obstante hubo circunstancias variopintas que entorpecieron la aplicación efectiva del proyecto.

La red inquisitorial de penetración colonial

3La pretendida intervención inquisitorial en todos los ámbitos sociales significaba una irrestricta vigilancia lograda mediante la introducción de comisarías. La distribución del distrito inquisitorial de la Nueva España, mediante las comisarías, fue una tarea muy compleja planteada desde las instrucciones de fundación del Santo Oficio, firmadas en 1570, cuando se decidió que:

4“ (…) las ciudades, cabezas de Obispados y los lugares puertos de mar tendréis en cada uno de ellos un comisario eclesiástico1”.

5Las instrucciones orientaban hacia la introducción de comisarías en una cantidad significativa de poblaciones novohispanas con dichas características. Por supuesto, la institucionalización del Tribunal del Santo Oficio no significaba su actividad inmediata, antes tenían que resolver problemas operativos y funcionales que auxiliaran en el desempeño de una maquinaria organizativa que proyectara extenderse hacia todo el distrito inquisitorial. En esta medida, era primordial el nombramiento de funcionarios de distintas jerarquías y niveles; en el ámbito local figurarían en primer plano los comisarios. La trascendencia de su nombramiento radicaba en que las comisarías orquestaban el funcionamiento inquisitorial. Es decir, las comisarías gobernarían localmente las actividades gracias a la lectura de los edictos de fe y a la generación de denuncias, ambas sustancias fundamentales de los procesos inquisitoriales. En este sentido, la creación de comisarías del territorio colonial debía coincidir con la necesidad de ubicarlas en una posición estratégica y servir como anclas de vigilancia que favorecieran el control de la sociedad novohispana.

6Así, durante el siglo XVI, con la intención de cubrir la totalidad de la geografía colonial, el Santo Oficio desarrolló un programa de fundación de comisarías. La penetración, sin embargo, se efectuó de manera gradual y lenta, fracasando en su empeño por cristalizar una verdadera cobertura, incapaz de favorecer un efectivo control religioso y social. En los primeros años después de la fundación del Santo Oficio, los inquisidores nombraron comisarios casi exclusivamente en las capitales diocesanas y puertos importantes. En esta decisión destacan dos consideraciones importantes: los problemas burocráticos del tribunal en el siglo XVI y la jurisdicción del Tribunal del Santo Oficio como problema espacial.

Los problemas burocráticos del tribunal en el siglo XVI

7A menudo se ha acusado a la institución de personificar un lastre administrativo, con escaso interés por las tareas cotidianas e indiferencia de los funcionarios inquisitoriales para encargarse de los asuntos de su competencia. A diferencia de los tribunales españoles, donde un número relativamente grande de autoridades autorizadas se encargaban de los asuntos propios de sus funciones2, en el Tribunal del Santo Oficio de México las tareas capitales estaban destinadas a dos inquisidores. Aun cuando tenían la responsabilidad de nombrar de funcionarios, redactar edictos de fe, atender la variopinta problemática del distrito, estudiar denuncias, ejecutar las fases de los procesos inquisitoriales, organizar y presidir los autos de fe, etc. Con frecuencia se advierte una capacidad efectiva para responder y lograr ejecutar satisfactoriamente complejas tareas. No puede dudarse que la abundancia de funciones también haya ocasionado innumerables obstáculos o provocado el rezago de decisiones importantes, aun cuando los consultores y calificadores, fiscal y notarios contribuían en el auxilio de determinadas actividades.

8El análisis documental acerca de la administración inquisitorial revela que, a pesar de las adversidades y el volumen de obligaciones, el funcionamiento institucional logró un desempeño importante porque cimentó durante el siglo XVI las bases de la configuración inquisitorial. Aun cuando en la documentación puede advertirse que hubo múltiples solicitudes para el nombramiento de comisarios, familiares y notarios, sin respuestas de parte de los inquisidores, que puede interpretarse como incapacidad, ignorancia, desinterés o impotencia en el ejercicio de sus responsabilidades, también puede explicarse desde otro punto de vista. En los años siguientes a la implantación del tribunal, las tareas se concentraron en la atención del asunto más urgente, la necesidad cardinal de manifestar su presencia ante la sociedad. La abrumadora burocracia se amparó en el desarrollo de una administración que contribuyera a aliviar el funcionamiento del tribunal, según las condiciones del momento y atendiendo necesidades y urgencias diarias e inmediatas. Los inquisidores comprendieron a la perfección que la efectividad de una institución como el Santo Oficio, cuyo funcionamiento dependía de la estrecha colaboración de la misma sociedad, no podía operar sólo por decreto sino que era preciso desarrollar una serie de estrategias orientadas a familiarizar su imagen. A pesar de la magnificencia y solemnidad de los eventos preparados durante la lectura de los edictos de fe, estos tenían un alcance limitado como enunciados públicos. La acción representativa y pública de mayor repercusión del concierto inquisitorial era el auto de fe. Sin duda alguna, el auto de fe tenía una impronta y un significado fundamental en el quehacer inquisitorial, cuya hechura permitiría que el público advirtiera la relevancia del Santo Oficio3. Por este motivo, como nunca volvería a ocurrir, hubo autos de fe durante los años 1574, 1575, 1577 y 1579.

9La realización, casi consecutiva, de cuatro autos de fe generales donde se impuso sentencia de numerosos reos también permite explicar la eficacia de la administración recién instaurada. La presunta negligencia o falta de atención a las solicitudes para formar nuevas comisarías o para nombrar familiares y notarios, se diluye en el papel. Con acciones los inquisidores justificaban que, ante la complejidad de una administración, había prioridades y, por lo tanto, la burocracia tenía que operar favoreciendo la solución de las complicaciones más inmediatas. Además, la enorme cantidad de reos procesados en los autos de fe destacaron que las comisarías existentes tenían el potencial para nutrir al tribunal con suficientes procesos. Esto también significó que ante el enorme cúmulo de denuncias, el tribunal tenía que desestimar ciertas solicitudes porque no podían atenderse ni administrativa ni procesalmente. De tal manera que en el siglo XVI la política administrativa acerca de las comisarías sería su formación cuando se considerara urgente, eliminando las intenciones de aquellas provisiones que pretendían arrogarse el prestigio institucional o rehusando solicitudes de comisarías que presumiendo delitos mayores solo subscribían delitos menores. El nombramiento de nuevos comisarios solo contribuiría a saturar la capacidad de maniobra y de operación del tribunal. Así, esta situación evitó en buena medida un desmedido programa de creación de comisarías, como sucedería en el siglo XVII cuando la geodemografía obligaría a fragmentar los distritos de las comisarías y, a menudo, en lugares apartados.

La jurisdicción del Tribunal del Santo Oficio como problema espacial

10El diseño del espacio inquisitorial durante el siglo XVI operó según las particularidades de la Nueva España. Con la intención de aprovechar la organización eclesiástica existente, en las cabeceras de las sedes diocesanas se formaron las primeras comisarías. La integración de una red de comisarías en los obispados también se definió por criterios geodemográficos porque éstas abarcaron tanto el espacio como la población ahí localizada; hubo preferencia, por supuesto, en establecerlas en los lugares con mayor concentración de población no india. La fundación de comisarías en las capitales diocesanas, ante el auge demográfico de algunas localidades agricultoras españolas, comenzó a manifestar su fracaso en el mismo siglo XVI a partir del escaso interés por las visitas de distrito. Las rupturas del orden en aquellas localidades sin comisario irrumpieron en el mundo colonial sin que ninguna autoridad inquisitorial procurara contrarrestarlas. No obstante, este fracaso no puede atribuirse a las autoridades del Santo Oficio novohispano.

11El distrito del Tribunal del Santo Oficio incluyó los arzobispados de México y Santo Domingo, obispados de Tlaxcala, Guadalajara, Guatemala, Nicaragua, Antequera, Michoacán, Chiapas, Yucatán, Santiago de Cuba, Puerto Rico, islas de Jamaica, Trinidad y Margarita, además de las islas Filipinas. Desde la real cédula de su fundación, la Corona española reveló un profundo desconocimiento de los territorios coloniales debido a que presumió que la reducida población no india no sería un inconveniente serio para ocuparse de todo el territorio. En este sentido, desde mi punto de vista, la variable demográfica de los tribunales españoles significó la medida utilizada para fijar las dimensiones del distrito novohispano. A finales del siglo XVI, salvo el tribunal de Valladolid, con una extensión de 89,873 kms.2, la mayoría tenía en promedio unos 30,000 kms.2 de extensión4.

12Las dimensiones de los tribunales españoles revelan que la complejidad de las actividades inquisitoriales no permitía jurisdicciones demasiado extensas, estimulándose de esta manera la constitución de distritos de mediana extensión que facilitara el control efectivo de la sociedad. Esta política corresponde, por ejemplo, con las múltiples quejas de los inquisidores de Valladolid por las enormes dimensiones del distrito, originando que se seccionaran en los distritos de Calahorra (1521) y de Galicia5 (1574). La política aplicada en los tribunales españoles, pues, fue irreconciliable con la desplegada en la Nueva España porque el tribunal no podía operar sin enormes consecuencias funcionales. Una hipótesis plausible que explica las causas que orillaron a la Corona a delimitar fronteras tan amplias estriba en su profunda ignorancia de sus territorios coloniales. Precisamente, en la década de 1570 fue cuando comenzaron a prepararse una serie de cuestionarios destinados al conocimiento de la geografía de las Indias y que, más tarde, serían conocidas como las relaciones geográficas.

13Así, la variable demográfica justifica la decisión de establecer un distrito inquisitorial de unos 2,000,000 de kms.2, que incluía 85 poblaciones con 52,500 habitantes blancos y 91,000 negros, mulatos y mestizos6. Los referentes peninsulares, por supuesto, no tenían parangón con la situación existente en la Nueva España, cuya eventual actividad se reduciría a la minoría de la población. La variable demográfica sería, por lo tanto, el factor de configuración territorial. La potencial actividad contra los sujetos no indios, a la sazón 143,500 habitantes, describe una relación demografía-distrito respecto los tribunales españoles: la mayoría incluso tenía jurisdicciones con poblaciones superiores. El estimado demográfico no sólo descubría la escasa comprensión de la situación novohispana sino también soslayaba el grave problema de la dispersión de la población. Salvo las ciudades y puertos, la mayoría de no indios vivía en numerosas villas, pueblos, reales de minas, a menudo situados a distancias considerables de los centros urbanos y en lugares de complicado acceso.

14El desconocimiento geográfico de un mundo apenas conocido, con comunicaciones frecuentemente obstaculizadas por la amplia diversidad de medios naturales, continentales e insulares, numerosos sistemas montañosos e hidrográficos, además de que en el siglo XVI había una deficiente e insuficiente red de caminos y rudimentarios medios de transporte, fue decisivo en la definición del distrito novohispano. El problema se intensificaba con las acentuadas diferencias regiones con un territorio heterogéneo tanto geográfica como demográficamente. Los desiertos, selvas y bosques tropicales, marismas, montañas, barrancas, llanuras, ríos, islas, zonas de alta precipitación pluvial o de aridez casi desértica, climas inhóspitos, etc. son características que revelan las diversidades provinciales. Al mismo tiempo, la concentración de población no india en las provincias del centro contrastaba con la escasez de población en las fronteras coloniales; la distribución de pueblos y villas en ciertas comarcas artesanales, agrícolas y mineras difería de aquellas cuyos climas y tierras solían ser poco propicias para el desarrollo económico. La complejidad territorial y las diferencias de la densidad demográfica contribuyeron a su vez a que construcción y ramificación de los caminos fuera desigual y que, a menudo, las distancias entre ciudades, villas, puertos, pueblos, reales de minas o asentamientos, significaran un esfuerzo severo, antes de superar los difíciles limitaciones de los caminos.

Las comisarías del Santo Oficio durante el siglo XVI

15La extensión del distrito de la Nueva España albergó serios problemas estructurales y funcionales, aun cuando administrativamente cumplía con una suerte de experimento para comenzar un programa gradual de penetración local, desde las capitales diocesanas hacia lugares cuyas demandas ampararan la fundación de comisarías. Dado el presunto control de sus fronteras eclesiásticas y la necesidad de posicionarse en todo el territorio colonial, la estrategia de las comisarías diocesanas constituyó la respuesta más apropiada porque, al mismo tiempo, concentraba la mayor cantidad de habitantes no indios. En el campo administrativo, los comisarios privilegiaron la localización urbana como su exclusivo ámbito de actividades. La lectura de los primeros edictos de fe estimuló una enorme cantidad de denuncias y, por lo tanto, ni la atención ni las visitas destinadas a los restantes lugares con población no india constituyeron una prioridad de sus responsabilidades. Así, cuando las dimensiones de las jurisdicciones diocesanas representaron un serio obstáculo para el funcionamiento efectivo de las comisarías, la comisaría logró compensar la vigilancia de las fronteras mediante la capitalización de información útil para el tribunal. En este sentido, las comisarías cumplieron con sus funciones desde que se instalaron en los obispados de Yucatán (Mérida7, 1571), Tlaxcala (Puebla8, 1571), arzobispado de México (México9, 1572), obispados de Guadalajara (Guadalajara10, 1572), Michoacán (Pátzcuaro11, 1572), Nicaragua (León12, 1572), Antequera (Antequera13, 1572), Guatemala (Guatemala14, 1573) y obispado de Chiapas15 (Chiapa, 1577), además de los puertos de Veracruz-San Juan de Ulúa16 (1572) y Acapulco17 (1581). Aún con la lenta penetración en ciertas regiones, se descuidaron jurisdicciones importantes como el arzobispado de Santo Domingo y los obispados de Santiago de Cuba, Puerto Rico, islas de Jamaica, Trinidad y Margarita. La preocupación, por supuesto, se concentró en los territorios continentales.

16La importancia geodemográfica, determinante en la elección de la cabecera de comisaría, se explica en el obispado de Michoacán. Cuando la comisaría se instaló en el obispado en el año 1572, la élite habían estimulado el crecimiento tanto económico como demográfico de Pátzcuaro porque ahí residían los poderes, sin embargo a raíz del nombramiento de Valladolid como nueva capital, sus ventajas se redujeron con intensidad. De tal suerte que en pocos años la población se había reducido de manera considerable. Esta situación orilló a las autoridades eclesiásticas a tomar la decisión de trasladar en 1580 la sede del obispado y, en consecuencia, la comisaría, a la nueva capital político-administrativa. Valladolid, a raíz de estos cambios, experimentaría un rápido aumento demográfico y reforzaría su capital político, económico y religioso18.

17En su primera década de existencia, ante las dificultades en la organización funcional- estructural eclesiástica y a procesos de evangelización inacabados en algunas provincias, además de un distrito inquisitorial demasiado extenso, orilló a los inquisidores a favorecer el establecimiento de comisarías en lugares distintos a las capitales de las diócesis. De manera que amparó a aquellas con mayores preocupaciones demográficas, por lo general continentales y con mayor comunicación con la capital novohispana. Los puertos de la Nueva España, Veracruz y Acapulco, por supuesto, también motivaron la creación de comisarías debido a su naturaleza: puntos de entrada de personas, ideas y literatura con potenciales rupturas del orden sancionado. A finales de siglo XVI florecía la importancia política, económica, religiosa y social de la Nueva España; en cambio, la antiguo prosperidad de las Antillas comenzaba a desplomarse y, por lo tanto, los inquisidores tenían poco interés en sus plazas, salvo la ciudad de La Habana con un enorme potencial económico.

18Las solicitudes, desde el obispado de Santiago de Cuba, para nombrar a un comisario fueron comunes a finales del siglo XVI. De modo que la comisaría de La Habana19 se estableció en 1599. Desde su fundación hubo una serie de conflictos y una férrea resistencia local. La Habana, con frecuencia amenazada por piratas, tenía una importancia capital para el Santo Oficio porque, como se ha mencionado, en su calidad de puerto de entrada a las Indias, numerosos barcos atracaban con mercancías e individuos que merecían vigilarse. No obstante, ahí coincidían poderosos juegos de intereses económicos. Las actividades inquisitoriales ahí realizadas estaban en manos de las autoridades diocesanas que intervenían en los procesos, secundando el interés económico. Cuando se estableció la comisaría de inmediato comenzaron los conflictos20. La conflictiva situación incidió gravemente en su funcionamiento, orillando a cejar en su intento por afianzar la comisaría. La preocupación de los inquisidores, ante la necesidad de nombrar un comisario, se observa en la correspondencia de la época21. A pesar del ambiente negativo de parte de la élite económica y eclesiástica, la comisaría se estableció en forma definitiva22 en 1604. En los años siguientes la campaña de desprestigió contra el comisario continuó con la misma intensidad23.

19Casi tres lustros antes, en 1585, la jurisdicción inquisitorial de la Nueva España también se había desplazado más allá de sus territorios continentales24. El importante tráfico de especias y artículos suntuosos desde los puertos de oriente, gracias a la ubicación geográfica de las Filipinas, favorecían el comercio interoceánico, de tal suerte que las islas se convirtieron en una plaza fundamental de la Nueva España. Estas circunstancias también motivaron el florecimiento económico, demográfico y político de Manila. Así, después logró fortalecerse la administración política y diocesana, consolidándose al mismo tiempo el proceso de evangelización por la ardua labor de las distintas órdenes mendicantes dispersas en todo el territorio insular. Los problemas de distancia entre la comisaria filipina y la Nueva España se advertirían desde los primeros años de administración. A pesar del nombramiento de un comisario en Manila, las preocupaciones del fuero inquisitorial no disminuyeron debido a la consolidación de las regiones y obispados colindantes. De tal manera que con el objetivo de descentralizar la actividad de la capital, a finales del siglo, se creó la comisaría25 de Cebú (1600). Aun cuando aparecerían otras comisarias en el siglo XVII, la disyuntiva de operar en condiciones muy adversas, a mediados del siglo, las autoridades insulares impulsaron una iniciativa para establecer un Tribunal del Santo Oficio en Filipinas. El proyecto fracasó después26.

La ruptura de las comisarias según el modelo diocesano

20A partir de la última década del siglo XVI, las comisarías dejaron de corresponder con las capitales diocesanas. Las antiguas unidades eclesiásticas se diluyeron por la problemática generada; así, la nueva política tuvo implicaciones importantes porque la creación de comisarías se desplazó al orden demográfico, según las necesidades sociales, procurando desconcentrar las funciones realizadas por un comisario en un amplio territorio. De esta manera se pretendía lograr una mayor cobertura del espacio inquisitorial. La ruptura del modelo comenzaría a manifestar la lenta fragmentación de los territorios diocesanos. La funcionalidad de los comisarios en sus respectivas jurisdicciones a menudo suele criticarse por su escasa efectivida